La respuesta es sí, pero no a partir de hoy. Los caminos forestales y los caminos forestales han estado prohibidos para las motocicletas y los vehículos privados durante años, pero este decreto podría ser el empujón final. Aquí porque
La noticia de la inclusión en el Diario Oficial del decreto relativo a la regulación de las normas de protección de los recursos forestales y forestales-pastorales. El decreto, firmado por el ministro de Agricultura Stefano Patuanelli, por el de Cultura Dario Franceschini y por el titular de la Transición Ecológica, Roberto Cingolari, establece los criterios mínimos para la protección de las áreas boscosas y de hecho prohíbe las actividades recreativas fuera de la carretera para todos: Motocicletas, quads, 4X4 y bicicletas ya no pueden transitar por senderos y caminos de mulas. Los únicos encargados de hacer esto son los vehículos agrícolas, maquinaria operativa, camiones y tractores con fines de mantenimiento, control y restauración. En la práctica, las carreteras de montaña ya no están sujetas al código de carreteras, el tránsito privado está prohibido y el enduro se vuelve ilegal. Pero, ¿es realmente así?
Ley antigua
La batalla contra los motociclistas y automovilistas entusiastas del todoterreno ciertamente no es un tema de actualidad: ya en 2017, la Cámara de Diputados presentó un Enmienda de modificación al Código de Circulación que prohibió efectivamente el paso de motocicletas todoterreno. Sin embargo, para sancionar la ilegalidad, el decreto legislativo n ° 34 de 3 de abril de 2018, lo que inhibía la vía forestal al tráfico ordinario. En pocas palabras, los caminos de montaña están reservados para tractores, camiones y máquinas operativas que cada año hacen todo lo posible en la deforestación intensiva (que no daña poco), pero no para motocicletas, quads, bicicletas y 4X4. En breve: el todoterreno se ha vuelto ilegal, pero ya hace mucho tiempo.
La burla del “criterio mínimo”
Con el Decreto Legislativo 34/2018 formalmente se hizo efectiva la prohibición “Sujeto a autorización municipal”: por lo tanto, la elección de preservar los bosques y las áreas agrosilvopastorales quedó en manos de las autoridades locales. No somos juristas y, como miles de entusiastas, lo esperamos. FMI (y no solo porque la ley también prohibiría el tránsito de ciclistas, cazadores, cazadores de hongos y otras categorías tal como se presenta) aclarar los detalles y hacer oír su voz, sino de momento la única distinción respecto al decreto de 2018 tanto en habiendo arreglado yo “Criterios mínimos” de preservación de estas áreas.
En el primer párrafo del artículo 1 de hecho, el nuevo decreto ley dice: “Este decreto define los criterios mínimos nacionales inherentes a las finalidades, tipos y características técnico-constructivas de los caminos forestales y de pastoreo forestal, de las obras vinculadas al manejo del bosque y al ordenamiento hidráulico-forestal de acuerdo con lo dispuesto en el art. . 9 del decreto legislativo de 3 de abril de 2018, n. 34. “ y el segundo párrafo aclara que “Las regiones, en la medida de su competencia y en relación con sus propias necesidades y características territoriales, ecológicas y socioeconómicas, en la adopción de las disposiciones mínimas a que se refiere el artículo 9, párrafo 2, del Decreto Legislativo de 3 de abril de 2018, n. 34, podrá complementar las disposiciones de esta disposición, siempre que no disminuya el nivel de protección y conservación de los bosques como salvaguarda fundamental de la calidad de vida “.
Luego de 15 días “silenciosos”, las publicaciones del Boletín Oficial se convierten en ley, por lo tanto, luego de que se hacen los cálculos, el todoterreno se volvería ilegal “nuevamente” el 16 de diciembre. Pero, ¿será realmente así?
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