Las penas suben por diversas infracciones, especialmente para combatir la descortesía como las que arrojan residuos del vehículo y ensucian el medio ambiente, pero también se sanciona al conductor para los pasajeros adultos.
Hay que luchar contra la descortesía. ¿Como? En lo que respecta a automovilistas y motociclistas, el Nuevo Código de Carreteras se encarga de ello, con multas aún más altas que antes. Entró en vigencia el mes pasado, dada su publicación en el Diario Oficial el 9 de noviembre, e incluye 40 artículos nuevos y modificados. Se habla de multas para quienes arrojan objetos por las ventanillas, pero también de algo que nos interesa a los motociclistas, ya que, lamentablemente, todavía hay alguien en Italia que no lleva casco.
Calles limpias
Empecemos por luchar contra la descortesía de quienes creen que pueden “ensuciar el camino“. La multa ahora se duplica, ya que oscila entre un mínimo de 216 euros y un máximo de 866 euros. Muchos no se dan cuenta de lo que significa tirar cualquier cosa por la ventana, especialmente para nosotros los dos ruedas. Esto puede ser peligroso, ya que eres rápido, sin mencionar las colillas de cigarrillos. Para el “tirar”, de hecho, hablamos de los que tiran “desde vehículos en movimiento hasta cualquier cosa(Artículo 15 del código), una sanción que oscilaba entre los 52 euros y los 204 euros (anteriormente oscilaba entre los 26 y los 52 euros).
¡Casco puesto, siempre!
Si todavía hay algún “fenómeno” por no llevar casco, ojo. La mini reforma del Código de Circulación dice que si el transportado no lleva casco, la multa al conductor también se aplica en el caso de los pasajeros adultos (anteriormente se limitaba al caso de los menores de edad). El artículo de referencia es 171, mientras que la cifra permanece sin cambios: van desde los 83 euros hasta los 332 euros.
Estacionamiento para discapacitados
También se requiere una mayor “sensibilidad” para los discapacitados, ya que aparcar en las plazas reservadas para ellos, sin tener la autorización o hacer un uso indebido de la misma, prevé una multa que oscila entre los 168 euros y los 672 euros. Además, existe una multa administrativa que oscila entre 87 y 344 euros por “toda persona que utilice las instalaciones (…), a pesar de tener derecho a hacerlo, pero sin observar las condiciones y límites señalados en la autorización prescrita“. A partir del 1 de enero, las personas con discapacidad podrán aparcar incluso en las líneas azules “.si los puestos reservados para ellos ya están ocupados o no disponibles“. También se ha revisado el artículo 158, es decir, para quienes utilicen un asiento reservado para minusválidos, que”está sujeto a la sanción administrativa de pago de una suma de 80 a 328 euros para ciclomotores y motos de dos ruedas y de 165 a 660 euros para el resto de vehículos“.
Cuidado con los puntos
Entonces presta atención a los puntos: cuatro menos, y no más dos, para quienes aparquen en plazas reservadas para minusválidos sin tener derecho a hacerlo. Se triplican de dos a seis, para quienes utilicen una marca inválida (fotocopia, autorización caducada). “Cada cambio de puntuación se comunica a través del portal del automovilista en la forma indicada por la Concejalía de Movilidad Sostenible – Dirección General de Motorización y de Servicios a la Ciudadanía y Empresas en el ámbito del transporte y navegación del Ministerio de Infraestructuras y Movilidad Sostenible.“Esto mejorará la burocracia, ya que no se enviarán más cartas a nuestra casa.
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